Rívolo y Stornelli apelaron una decisión de Bonadio

Los fiscales Carlos Rívolo y Carlos Stornelli apelaron la decisión de Claudio Bonadio, que no permitió que los testimonios de los “arrepentidos” puedan usarse fuera de la “causa de los cuadernos”.

El fiscal Carlos Rívolo, que colabora en la denominada “causa de los cuadernos”, apeló ante la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional, junto a su colega Carlos Stornelli, la decisión del juez Claudio Bonadio de no aceptar que se tomen las declaraciones de los “imputados colaboradores” en causas conexas.

“Entendemos que la ley dice que puede ser utilizado para delitos conexos, cuando responden a un hecho anterior, ya investigado. El juez ha interpretado que el acuerdo es exclusivamente para esta causa. Yo creo que la defensa llevará esto hasta la Corte porque no deja de ser un hecho relevante”, apuntó Rívolo, en declaraciones a radio Mitre.

Los fiscales Rívolo y Stornelli buscan utilizar algunos de los testimonios que figuran en la “causa de los cuadernos” en otros casos que investigan hechos de corrupción durante la gestión kirchnerista, entre ellos los que avanzan en los brazos de la constructora brasileña Odebrecht en Argentina.

El planteo de los funcionarios del Ministerio Pública Fiscal es que si una persona, en su calidad de arrepentido, “reconoce que participó”  de hechos delictivos investigados en otra causa, su declaración sea tomada como prueba también en los demás casos y que goce del beneficio de achicamiento de la pena.

“Lo que se plantea es que si eso va a la causa anterior o sólo se investiga en esta”, explicó respecto del dilema que se presentó entre la posición del juez Bonadio y los fiscales.

En este sentido, Rívolo consideró que el “alcance” de la declaración de los arrepentidos debe extenderse a otras causas. “Si hay un reconocimiento de que participaste de hechos investigados en una causa anterior, la pregunta es: ¿puede haber un arrepentimiento sin causa?”, explicó.

El fiscal indicó que en las declaraciones de los imputados colaboradores homologadas por el juez, están garantizadas las condiciones del testimonio, “que pudo expresarse en forma libre y entendiendo lo que hacía”. “La ley exige algún soporte y la presencia del abogado defensor”, apuntó Rívolo.

“Es una confesión, la diferencia es que tiene que ser útil, comprobable y verosímil ya que se hace bajo juramento de decir verdad”, agregó.