Otro procesamiento con prisión preventiva para Boudou

El juez Ariel Lijo determinó el procesamiento, el embargo y la prisión preventiva para Amado Boudou por haberse quedado con fondos para viáticos y gastos eventuales.

El juez federal Ariel Lijo dictó el “procesamiento con prisión preventiva” del ex vicepresidente y ex ministro de Economía Amado Boudou “por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de peculado”. También fueron procesados, aunque sin prisión preventiva, Héctor Eduardo “Cachi” Romano y Guido Forcieri, el ex jefe del Gabinete de Asesores de la cartera.

Se trata de la causa en la que se investigan “una serie de irregularidades en
torno a la rendición de gastos de viáticos y gastos eventuales en las cuales
habrían incurrido Amado Boudou, Héctor Eduardo Romano y César Guido
Forcieri durante su desempeño en la función pública, principalmente en el
entonces Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación”, según reseña el fallo de Lijo.
En todos los casos, el magistrado trabó embargos por un millón de pesos.
En su fallo, Lijo explica que la “maniobra desplegada” consistió en rendir gastos falsos, a través de facturas apócrifas.
“A partir del análisis de los elementos probatorios reseñados, tengo por acreditado que Amado Boudou, Héctor Eduardo Romano y César Guido Forcieri defraudaron a la administración pública, mediante la presentación de  declaraciones juradas con datos falsos y comprobantes de pago apócrifos. La maniobra consistió en insertar datos falsos en las declaraciones juradas de rendición de gastos, a sabiendas de la falsedad de los montos por gastos eventuales consignados, los cuales justificaron con comprobantes falsificados del hotel Bel-Ami y del  intérprete Eduardo Kahane, respectivamente, conforme surge de la prueba recolectada en el expediente”, explicó.
“De esta forma y mediante la defraudación efectuada en perjuicio de la administración pública, obtuvieron un beneficio económico directo, sustrayendo de las arcas del Estado parte del dinero que les fue entregado para cubrir los `gastos eventuales´ de las comisiones que realizaron al extranjero”, concluyó.

Lijo dio cuenta de que surge una “diferencia palmaria” entre la factura

presentada en rendición de gastos de un viaje Francia y la aportada por el intérprete. A su vez, también se detectaron diferencias entre el comprobante presentado por el traductor y el aportado por Ana Ruth Juárez, otra asesora del Ministerio de Economía.
En su defensa, Boudou alegó que es “obvio y evidente que ningún ministro de Economía se encarga de las cuestiones operativas logísticas y administrativas durante un viaje al exterior”.
“Jamás llevé dinero ni recibí facturas ni las tramité de los gastos eventuales. Para esto, existe una estructura de ceremonial y secretaría privada que se ocupa de estas cuestiones. No estoy diciendo que exista el hecho que se me imputa, sino simplemente que aún en el improbable caso de ser cierto, yo soy ajeno al mismo, ya que existe una estructura de confianza administrativa, como en cualquier ente u órgano”, declaró Buoudou en el llamado a indagatoria, según recuerda el fallo de Lijo.
Boudou explicó que los viáticos tienen asignados un monto fijo por día y que “se devengan por el mero hecho de la comisión y no se rinde su uso”. “Simplemente hay que rendir la cantidad de días que dura la comisión y esto se hace generalmente a través de los pasajes correspondientes. Los gastos eventuales son un monto que se presupuesta y hay que rendir con cada uno de los gastos para los cuales se utilizó. En mi caso, jamás manejé personalmente gastos eventuales”, aseguró Boudou en su declaración, según consta en la causa.
Lijo concluyó que Boudou era la “autoridad de mayor jerarquía de la comisión y, consecuentemente, era quien tenía a su cargo la administración de los fondos asignados en concepto de gasto eventual”.
“En virtud de ello, corresponde asignarle al nombrado un papel preponderante, pues el hecho de haber delegado facultades y funciones propias en otros funcionarios no permite deslindar la responsabilidad que en el ilícito le cupo“, argumentó el magistrado para hacer al ex ministro de Economía y los otros ex funcionarios como coautores del delito de peculado.


LIJO TAMBIÉN RECHAZÓ LA PRISIÓN DOMICILIARIA

El juez Ariel Lijo también rechazó el pedido de excarcelación de la defensa de Amado Boudou en la causa por enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

El abogado del ex vicepresidente, Eduardo Durañona, había solicitado la prisión domiciliaria para su defendido, detenido preventivamente desde el 3 de noviembre en el Penal de Ezeiza.

El fiscal federal Franco Picardi había recomendado evaluar una “medida menos lesiva” para Boudou, al considerar que no existían “riesgos procesales” de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

“Aún subsisten las circunstancias que en su momento justificaron la denegatoria de la excarcelación solicitada por Amado Boudou, puesto que se encuentran en curso diversas medidas probatorias”, sostuvo Lijo para rechazar el pedido.