Y los artistas también

La Sociedad de Artistas Visuales Argentinos (SAVA) convocó para el jueves 23 a una movilización frente al Congreso para apoyar un proyecto de ley que permitiría que los artistas cobren un porcentaje en la segunda y sucesivas ventas de sus obras.

La Sociedad de Artistas Visuales Argentinos (SAVA) convocó para el jueves 23 a una movilización frente al Congreso para apoyar un proyecto de ley que permitiría que los artistas cobren un porcentaje en la segunda y sucesivas ventas de sus obras.

Con el objetivo de que se dicte una ley que reconozca el derecho de participación, conocido a nivel mundial como “Droit de Suit”, artistas visuales se reunirán frente al Congreso el 23 de noviembre a las 18.

Allí reclamarán que se cumpla la norma que permitiría que los creadores cobren el porcentaje correspondiente sobre la segunda y sucesivas ventas de sus obras.
Actualmente, “existe un proyecto de ley que no se ha tratado en Diputados y es necesario que se debata con urgencia”, indicó Echevarria Cabrera en diálogo con Télam.

 

 

Este derecho a participación de las ventas posteriores de la obra, o “Droit de Suit”, define que “Los autores de obras originales de artes visuales, plásticas o gráficas, sus herederos o derechohabientes, gozan del derecho irrenunciable e inalienable a percibir del vendedor una participación del cinco (5) por ciento del precio obtenido de cada una de las reventas posteriores a la primera venta realizada”.

Si bien en más de 70 países este derecho ya es reconocido, en la Argentina aún no ha sido objeto de debate. Los artistas argentinos que venden sus obras en el exterior no pueden beneficiarse del “Droit de Suit” debido a que necesitan paridad legislativa para cobrar sobre la comercialización de sus obras.

Según el proyecto de ley, para la aplicación del derecho la reventa debe hacerse en subasta o a través de comerciantes profesionales; dichos intermediarios responderán solidariamente con el vendedor del pago del derecho, a cuyo efecto retendrán el importe de la participación que proceda, considerándose depositarios de dicha suma. Dentro de un plazo de quince días de realizada la reventa deberán notificarla por medios fehacientes a la sociedad de gestión colectiva designada a tales fines, haciéndole entrega de las sumas retenidas y de la documentación correspondiente.

El derecho se aplicará igualmente cuando las reventas se lleven a cabo a través de redes informáticas, tales como Internet.

No será obligatorio el registro de las obras ni de los contratos que versen sobre ellas ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor u otro organismo a fin de que el autor reciba el derecho de participación que le correspondiera por la reventa de su obra.

La campaña de visibilización, y el planteo de que se debata esta ley en nuestro territorio no es nuevo, hace años se lleva adelante para transformar este beneficio económico en “ley universal” que permita a los artistas obtener un justo rédito sobre la actividad que realizan.

El encuentro en el Congreso comenzará con una acción artística, luego se realizará una caminata hasta la Fundación Cassará, donde contarán con la presencia de la ex senadora Norma Morandini, y habrá un panel de artistas representados por Antonio Pujia, Daniel Santoro, Tomás Espina y Jorge Curatella Manes.

 

(Con información de Télam)