Regulan la discriminación de los impuestos provinciales en la factura de gas

Las facturas de gas deberán incluir por separado el concepto y monto de los impuestos y tasas provinciales y municipales que se agreguen a los costos de producción, transporte y distribución.

A través de la resolución 6/2018, publicada hoy en el Boletín oficial, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) aprobó  la “metodología para la inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes de tributos locales”.

La nueva metodología de facturación debe discriminar las cargas impositivas provinciales y municipales acopladas a las tarifas de gas, como el impuesto a los Ingresos Brutos, la tasa de Seguridad e Higiene, la de ocupación del Espació Público, entre otros.

“Con la finalidad de transparentar la carga tributaria que afecta los costos de prestación de los servicios de transporte y distribución de gas en las distintas provincias o municipios, para el cálculo de las tarifas máximas a aplicar, no se considerarían en el Caso Base ciertos tributos provinciales y municipales (Impuesto sobre los Ingresos Brutos; Tasa de Seguridad e Higiene; Tasa de Ocupación del Espacio Público, entre otros), para los cuales debía disponerse su incorporación en factura por línea separada de acuerdo a una metodología”, argumenta la resolución.

La normativa indica que la incorporación por separado de los tributos locales en la factura “que inciden en los costos de la prestación del servicio”, también se implementa para “evitar que dicha carga impactara sobre usuarios cuyos domicilios se encuentran ubicados fuera de la provincia o municipio que dispuso la creación y aplicación del tributo”.

Si bien el nuevo sistema de facturación debía ponerse en marcha dese el 31 de marzo último, la normativa fue reglamentada 20 días después. Por ese motivo, el entre estableció “disposiciones transitorias para dicho período”.