La compensación a los jubilados con haberes mínimos será de 750 pesos

El gobierno publicó el decreto que establece una bono para los jubilados, pensionados y beneficiarios de la AUH, con el objetivo de compensar en marzo la pérdida que causará el cambio de la fórmula de movilidad.

A través del decreto 1058, publicado hoy en el Boletín oficial, se oficializó el bonos compensatorio para las jubilaciones de marzo próximo, tal como había anticipado el presidente, Mauricio Macri, ayer, en conferencia de prensa.

La resolución establece el otorgamiento de “un subsidio extraordinario, por única vez” de 750 pesos a los jubilados que en marzo de 2018 perciban haberes inferiores a 10.000 pesos, “siempre que hubieren cumplido con los extremos de edad y años de servicios exigidos”.

Para los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez (Pensión Universal para el Adulto mayor) o invalidez, con haberes inferiores a 10.000 pesos, se otorgará un “subsidio extraordinario, por única vez, de 375 pesos”.

Por último, el decreto establece un subsidio extraordinario, por única vez, de   400 pesos a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo para Protección Social.

“El pago del subsidio extraordinario establecido en los artículos anteriores será abonado por única vez en el mes de marzo del 2018 y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto“, aclara la normativa.

El pago del “subsidio extraordianario” en marzo próximo fue negociado el viernes último con los gobernadores de varias provincias, para lograr el respaldo que el gobierno necesitaba en la Cámara de Diputados para aprobar la llamada “reforma previsional”. Fue la salida que encontró la gestión de Macri tras la fallida y escandalosa sesión del jueves pasado y frente a los reclamos de que la nueva fórmula de movilidad implicará un aumento menor en las jubilaciones que con la actualización de 2009.

“El Estado Nacional tiene como uno de sus objetivos principales la protección de los ciudadanos, garantizando las prestaciones de la Seguridad Social de conformidad con lo previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”, argumenta el decreto en sus considerandos.