Juicio oral y público para José López

Quince meses después de que José López fuera sorprendido in fraganti con más de nueve millones de dólares guardados en bolsos, el juez Daniel Rafecas elevó la causa a juicio oral y público.

El juez federal Daniel Rafecas  elevó a juicio oral y público la causa en la que el  ex secretario de Obras Públicas José Francisco López está acusado de “enriquecimiento ilícito”.

En una resolución de unas 300 páginas y tras rechazar el planteo de nulidad presentado por uno de los imputados, el magistrado dispuso que se envíe el expediente a sorteo para que se designe el Tribunal Oral en lo Criminal Federal que llevará a cabo el juicio.

Además del ex funcionario, será juzgada como partícipe necesaria del delito de enriquecimiento ilícito su esposa, María Amalia Díaz; el contador Andrés Enrique Galera; el ingeniero Eduardo Ramón Guitiérrez, dueño de la constructora Farallón; el empresario Carlos Gianni y el abogado Marcos Marconi.  La religiosa Celia Inés Aparicio irá a juicio por “encubrimiento”.

No es la única causa de corrupción en la que López está implicado, pero sí es la primera, y tal vez más resonante, que llega a juicio oral y público. El ex secretario de Obras Públicas podría enfrentar una pena de dos a seis años de prisión; inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y una multa de hasta el 100 por ciento del valor que se compruebe que sea producto del enriquecimiento ilegal.

López estaba a punto de ser sobreseído cuando fue sorprendido por la policía bonaerense con casi nueve millones de dólares y unos 150 mil euros, entre otros activos, ocultos en bolsos.

El recordado suceso, entre insólito y surrealista, ocurrió en la madrugada del 14 de junio del año pasado, cuando un vecino del convento “Nuestra Señora de Fátima”, en la localidad bonaerense de General Rodríguez, dio aviso al 911 de un auto y un hombre en actitud sospechosa.

El sospechoso resultó ser el ex secretario de Obras Públicas de la gestión kirchnerista, que estaba intentando dejar los bolsos cargados con dinero en el monasterio, ayudado por Celia Inés Aparicio, una de las religiosas.

Desde entonces se reactivó la causa por “enriquecimiento ilícito”, que también investigó las propiedades en poder de López y reveló inconsistencias en su patrimonio.

Durante la instrucción de la causa, Rafecas dio por acreditada la compra y refacción de la casa que habitaba López en Dique Luján, en el partido de Tigre, registrada a nombre de Galera hasta 2010 y de Gutiérrez a partir de ese año. Ambos habrían actuado como testaferros del ex secretario de Obras Públicas.

El inmueble tenía 200 metros cuadrados construidos, sobre un predio de 2000 metros cuadrados,  con muelle propio. De acuerdo con la tasación oficial, ordenada durante la causa, el valor de la propiedad es de 680.000 dólares.

Rafecas dio por probado que López y su esposa figuraban como inquilinos de la propiedad, pero decidieron y participaron en el diseño de la construcción de la casa y sus ampliaciones.

El magistrado también dio por acreditada la compra departamento 13° “B” ubicado en Las Heras 2032, en Capital Federal.  En ese caso, López “habría utilizado como pantalla a la sociedad Marketing y Eventos S.A.,  la cual le pertenece al empresario Carlos Hugo José Gianni y al abogado Marcos Artemio Marconi”.

El inmueble está valuado en 110.000 dólares y está en el mismo edificio donde López y su esposa tienen otro departamento.

Tanto en el caso de la casa en Tigre como en la propiedad del barrio de Recoleta, López figuraba como inquilino y el “supuesto alquiler que se pagaba resultó ser irrisorio para la cotización del inmueble”.

Seguimos considerando la corrupción como delito menor. El drama del derecho penal es que siempre tiene una trampa y una tradición que  beneficia al delincuente. Los jueces penales tienen un `buenismo´, que no es el que tiene la AFIP o la justicia penal tributaria. Por eso, el 99 por ciento de los crímenes están impunes”, reflexionó el abogado y ex miembro del Consejo de la Magistratura Alejandro Fargosi, en diálogo con Diario Vivo.

Lo que importa acá es la interpretación de la prueba que haga el Tribunal. Hay algo que es el `curso natural y ordinario de las cosas´. Si yo fuera el juez, le diría a López que pruebe cómo siendo inquilino decidía sobre el diseño de la casa o pagaba un alquiler irrisorio. Es algo que no existe en los usos habituales”, explicó el letrado.